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IVTM: Todo lo que has de saber sobre el Impuesto de Circulación de tu vehículo

8 mayo, 2016 | Jess Jim

Son muchas las personas que nos solicitan información diariamente sobre cuestiones relacionadas con el impuesto de circulación del vehículo, y aunque no es un trámite propio de Tráfico en sí, hemos decidido hacer un hueco en el blog para facilitar información sobre la función que tiene este impuesto y cómo repercute en nuestras vidas.

¿Qué es el Impuesto de Circulación o IVTM?

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) se trata de un impuesto directo emitido por los Ayuntamientos que consiste en una cuota anual para gravar la titularidad de todos los vehículos a motor que sean aptos para circular, es decir, matriculados en la Jefatura de Tráfico y que no estén en situación de baja temporal o definitiva.

Este Impuesto de Circulación, llamado coloquialmente como “viñeta, sello o numerito” dependiendo de la comunidad autónoma en la que se resida, se genera cada año natural y se abona en un único pago en el Ayuntamiento donde el vehículo haya sido matriculado o esté registrado.

Las cuotas se calculan actualmente en función de la potencia fiscal y clase del vehículo en cuestión, pero se prevé que el año próximo se modifique, y el IVTM 2014 devengará en función a los niveles de CO2 emitidos por el vehículo.

¿Qué es el Impuesto de Circulación o IVTM? 

Vehículos exentos de pagar el IVTM

Los vehículos exentos de pagarlo son:

  • Los vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.
  • Los de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares acreditados.
  • Los vehículos de organismos internacionales con sede u oficina en España y de sus funcionarios o miembros con estatuto diplomático.
  • Los que consten como exentos en tratados y convenios internacionales.
  • Las ambulancias y vehículos destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos y enfermos.
  • Los vehículos para personas de movilidad reducida o matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo.
  • Los autobuses, microbuses y demás vehículos de servicio de trasporte público urbano, cuya capacidad exceda de 9 plazas, incluido el conductor.
  • Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agraria.

Así mismo, existen también una serie de bonificaciones que permiten ahorrar distintos porcentajes dependiendo de cada caso:

  • Desde un 10% hasta un 75%  del importe total del Impuesto en función a la clase de carburante, las características del motor y su impacto medioambiental.
  • Bonificación del 100% para vehículos matriculados como históricos.

En el momento en que se gestiona la baja del vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT) el automóvil deja de generar impuestos, y si el proceso de baja transcurre dentro del año natural ya abonado, es posible recuperar la parte proporcional no disfrutada.

Vehículos exentos del pago del IVTM

El IVTM, pese a que deba realizarse en un solo pago tal como mencionamos anteriormente, cuenta con una prorrata trimestral, y es posible presentar en el Ayuntamiento el Certificado de Destrucción o el justificante de baja definitiva, ambos aportados por el Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) dónde se haya gestionado su descontaminación, para que se realice la devolución al titular del importe proporcional al trimestre o trimestres en los que el vehículo no vaya a circular.

Este Impuesto no requiere ser dado de baja por parte del titular del vehículo si no es por esta causa, puesto que anualmente la DGT traslada los datos de baja en el registro a los Ayuntamientos enviándoles un listado de los automóviles que han causado su baja temporal o definitiva.

Solicitar la baja definitiva de un vehículo

¿Tienes alguna duda sobre el Impuesto de Circulación del coche? ¿Has necesitado presentar la baja del vehículo porque te seguían pasando el cobro? ¡Cuéntanos tus experiencias!



Se facilita el acceso al permiso de conducir para las personas sordas

  • Javier dice:

    ¿Qué documentación es necesario aportar para recuperar los trimestres no consumidos después de dar5 de baja un vehículo?

  • Javier dice:

    A parte del papel de la baja definitiva que facilita Tráfico ¿Qué otra documentación es necesario presentar para recuperar el importe no consumido del IVTM?

    • angeles dice:

      Hola Javier,
      Aparte del justificante de baja definitiva de la DGT, debes llevar también el Certificado de Destrucción y cumplimentar la solicitud de baja del IVTM. Esta solicitud la encontrarás en la ventanilla de recaudación del Ayuntamiento en el cual está inscrito tu vehículo.
      Recuerda llevar tu DNI y por si acaso, hazle una copia por ambas caras.
      Espero que te hayamos despejado tus dudas.
      Un saludo!

  • mimoun boutayeb dice:

    kiero saber si tengo impuestos de coche peugeot 306 con martricula mu2513cj
    mi numero602351023

    • Buenos días mimoun boutayeb!

      Indicarte que en nuestra base de datos no nos consta el haber gestionado la retirada al desguace y la baja definitiva de ese vehículo a través de nuestros CATV colaboradores. Nosotros somos una central que trabajamos con diversos centros en todo el territorio nacional, por lo que seguramente habrás contactado con otra empresa o desguace para que realice la gestión.

      No obstante, informarte que puedes comprobar el estado administrativo del vehículo solicitando un informe de antecedentes en la DGT. Puedes hacerlo online a través del siguiente enlace: https://sede.dgt.gob.es/sede/faces/paginas/inteve/index.xhtml

      Saludos cordiales,

  • isidro javier martin ramos dice:

    Hola. En caso de haber cambiado de municipio de residencia y haberme empadronado en otro municipio distinto a principio de año, donde debe pagarse el impuesto de circulación? ???
    Si ya pagué el impuesto en el primer municipio, puede reclamarme el segundo municipio también el pago del impuesto???

    Gracias!

    • Hola Isidro,

      Mientras no cambies el vehículo de municipio, seguirás pagando el impuesto al Ayuntamiento donde esté registrado el coche.

      Saludos cordiales,

  • Adrian dice:

    El Impuesto me lo pagué con fecha 6 de Mayo 2014 y el vehículo se dió de baja el 1 de Julio de 2014. ¿Que cantidad tengo derecho a que me devuelva el Ayuntamiento?.

    • Hola Adrián buenos días,

      Tendrías derecho a la devolución del último trimestre, pues el vehículo (aunque sea solo un día) ha estado dado de alta en el tercero.

      Saludos cordiales,

  • Roberto dice:

    Hola, tengo un coche para mi uso como salario en especie de la empresa que soy socio, he cambiado de ciudad y para pedir la tarjeta verde y poder aparcar en mi barrio donde estoy empadronado me piden que el coche pague el IVTM en Madrid. ¿Al ser coche de empresa que tramite tengo que hacer para que en Madrid pague el IVTM si tener que modificar la dirección fiscal de la empresa? Gracias

    • Hola Roberto buenos días,

      La operación que nos comentas creo que no es posible. El vehículo debe tributar en el municipio en el que esté dada de alta la empresa o en el caso de particulares, en el municipio en el que se encuentre empadronado el titular. No obstante, te aconsejamos consultar directamente con tu empresa a ver si pueden ofrecerte alguna otra solución.

      Saludos cordiales,

  • DIEGO dice:

    Hola buenas trabajo en un concesionario de coches y me gustaria saber como puedo saber donde pagan el impuesto de circulacion una serie de coches que me han llegado al concesionario

    • Hola Diego buenos días,

      El municipio en el que se haya registrado el vehículo por primera vez, debería aparecer en el permiso de circulación. No obstante, si no coincide, la tasa se abonará en el municipio en el que se encuentre empadronado el titular. Tal vez en un informe del vehículo, que se puede solicitar a la DGT, aparezcan estos datos también.

      Saludos cordiales,

  • miryam dice:

    Hola buenas, me gustaría saber si puedo recuperar algún trimestre del impuesto de circulación si doy de baja temporal el coche. Gracias.

    • Hola Miryam!

      Desde DGTbajas.es te informamos que en el caso de que sean bajas definitivas (que son las que nosotros realizamos) si es posible recuperar la parte proporcional. En el caso de bajas temporales, no tenemos conocimiento de ello por lo que te recomendamos que lo consultes directamente en el correspondiente Ayuntamiento.

      Saludos,

  • Jaime dice:

    Hola. En abril vendí un turismo a un conocido y él lo aprovechó para el plan PIVE, dándolo de baja unos días después de la compraventa. Me ha llegado el impuesto de Circulación (por ser el titular el 1 de enero), pero pensaba que sólo tendría que pagar la parte proporcional, ya que aunque yo lo vendí, me consta que el nuevo titular lo dio de baja, con lo que el vehículo está retirado de la circulación. Me he informado en el Ayuntamiento y me dicen que sólo tengo derecho al prorrateo (y por tanto, a la devolución de la parte proporcional) si lo hubiera dado yo de baja, y no su último titular. Y mi pregunta es ¿es ésto cierto? ¿Cómo es posible que tenga que pagar íntegra la cuota del impuesto si el coche ya no existe desde el mes de abril? Gracias.

    • Hola Jaime,

      Si es cierto, tu eras el titular a día 1 de enero y por tanto te corresponde pagar dicho impuesto. La compraventa y posterior baja no son vinculantes al prorrateo ya que en tu expediente consta un cambio de nombre nada más, independientemente de lo que el comprador haya hecho después con el vehículo. Podría, en caso de no haberlo utilizado para el PIVE, no haberlo dado de baja y seguir circulando con el. A quien no le toca pagar el año completo, es a tu amigo que es a nombre de quien figura esa baja posterior a la transferencia.

      Saludos cordiales,

  • jose luis dice:

    Hola.

    El 29/04/2013 compré un vehículo haciendo la transferencia correspondiente en tráfico presentando el recibo del IVTM pagado del año 2012.
    El 3/5/2013 dí la baja definitiva en tráfico.
    Ahora me llama el propietario anterior del vehículo y me dice que el Ayuntamiento le exige el pago de todo el 2013.

    Un saludo.
    ¿Me pueden asesorar al respecto?

    Un saludo.

    • Hola José Luis,

      Es posible que haya pasado lo que comentas ya que el propietario a fecha 1 de enero de 2013 era el anterior titular y pese a que se haya gestionado la baja definitiva después de la transferencia del vehículo, se reclama el pago del impuesto por el año completo. Tal vez facilitándole una copia de la baja definitiva y del certificado de destrucción, aunque vayan a tu nombre y no al suyo, pueda entregarlas en su Ayuntamiento y solicitar que de devuelvan o le hagan la deducción de la parte proporcional a lo que resta del año, aunque tampoco podría asegurártelo.

      Saludos,

  • Fernando dice:

    Hola. No se si he pagado este ańo el impuesto de circulacion. Como puedo averiguarlo¿¿

    • Hola Fernando,

      Para conocer si se ha realizado el pago, tienes que consultar directamente al Ayuntamiento donde se haya registrado el coche.

      Saludos cordiales,

  • anita garcia bru dice:

    hola, hace tiempo me compre un coche y hicimos el canvio de nombre y lo correspondiente en la of.de trafico de sabadell, un tiempo antes me habia canviado de pueblo y la dirección que facilité fue la actual. La cuestión es que no he recibido el documento (el cartero no llega a mi casa y el ayuntamiento no se hace cargo) y no se como puedo pagarlo.

    • Hola Anita buenos días,

      Para recibir de nuevo la carta de pago del impuesto, debes solicitarla al Ayuntamiento donde se haya registrado el vehículo.

      Saludos cordiales,

  • Rubén dice:

    Buenas tardes,

    Estoy valorando dar de baja temporal mi vehículo. He llamado a diputación que es quién emite los recibos del impuesto de circulación y me dicen que estando el vehículo de baja temporal debería seguir abonando anualmente el importe del impuesto, excepto en el supuesto de robo. Quisiera saber que documentación aportar y ante que institución para que no se genere este impuesto. Gracias

    • Hola Rubén buenos días,

      En esta página tienes toda la información relativa al trámite de baja temporal en la DGT: Dar de baja temporal un vehículo

      Para dejar de recibir el IVTM, tendrías que dar de baja definitiva el vehículo.

      Saludos cordiales,

  • maria jose dice:

    Si mi vehiculo lo doy de vaja el dia 15 de enero, ¿me toca pagar todo el impuesto de circulacion del año o como esta el asunto?

    • Hola María José,

      Tienes la respuesta a tu pregunta en el contenido del artículo, por favor revisa la información. Igualmente, para saber cómo proceder con la devolución de la parte no disfrutada, tendrás que contactar directamente con tu Ayuntamiento.

      Saludos,

  • Antonio dice:

    Hola.
    En caso de venta de mi vehículo, ¿puedo reclamar la devolución de la parte proporcional del año que resta?
    No hablo de darlo de baja, sino de transferirlo.
    Gracias anticipadas,

    • Hola Antonio,

      No, en el caso de venta del vehículo el pago del impuesto del año en curso corresponde íntegramente al vendedor (en este caso tu). Al siguiente año, ya le llegará al nuevo propietario a través de su Ayuntamiento.

      Saludos,

  • Maria carmen lillo dice:

    Hola me reclaman un numérico de un coche que se vendió en abril de 2014 y se pago para venderlo, parece ser que este señor pago en otro ayuntamiento como puedo averiguar si efectivamente esta pagado?
    EL COCHE ES UN AUDI A6 2.4 5v matrícula TO2229Z
    MUCHAS GRACIAS

    • Hola Maria Carmen,

      Si tu eres la vendedora, el impuesto se tendría que haber pagado en el Ayuntamiento donde tenías registrado el vehículo. Para saber qué ha pasado tendrás que contactar nuevamente con el comprador.

      Saludos,

  • Maria Jose dice:

    Hola, tengo una duda mi coche lo comprè el dia 16/01/15 y el antiguo propietario me pide que le pague el impuesto de circulacion que le han cobrado a el. Tengo entendido que se tiene que hacer cargo el propietario que es a dia 1 de enero. Es asi? O tengo que pagarselo?. Gracias

  • Miguel Ángel dice:

    Hola, he adquirido un vehículo nuevo dando de baja el viejo.Ahora el concesionario al darme toda la documentación del nuevo me pide el impuesto de circulación del vehículo viejo y yo no tengo ninguna a documentación ya de dicho vehículo.¿Cómo lo puedo recuperar? Muchas gracias y un saludo

  • melva rugel carpio dice:

    quisiera saber cuanto se me incrementa sino pago la fecha indicada q es en octubre puedo hacer el pago a mediados de enero del 2016 mi coche es un citroen zara y el impuesto q me sale creo q es 137 y algo gracias soy de cordoba priego de cordoba gracias

    • Jess Jim dice:

      Buenos días, Melva

      Este impuesto lo gestiona cada ayuntamiento en función del tipo de vehículo, año, motorización y condiciones locales propias. Mi consejo es que lo consultes en el propio ayuntamiento a ver si pueden darte alguna facilidad o incluso permitirte abonarlo a posteriori sin recargo.

  • enrique tolsada dice:

    Buenos días en el 2012 vendí un coche a un particular llegó el impuesto de circulación del 2013 y me lo reclamaban a mi llamé al ayuntamiento y dije que lo había vendido me compre otro y me llegaba el impuesto de circulación del vehículo comprado y yo lo pague y ahora me reclaman el pago del impuesto del 2013 del coche antiguo el coche era un peugeot 206 matricula v9064 GY me gustaría saber que puedo hacer gracias

    • Hola Enrique buenos días,

      ¿Dispones de algún documento que acredite la venta de ese vehículo en el 2012? Si es así, bastaría con acudir al Ayuntamiento y presentarlo para demostrar que ese vehículo dejó de ser de tu propiedad con anterioridad a la emisión de esa cuota.

      Saludos,

  • javier dice:

    Acabo de vender mi vehiculo a un concesionario y he pagado el IVTM alrededor de abril de este mismo año.
    Tengo dos preguntas. La primera si puede recuperar algo del importe del IVTM del 2015?
    La segunda como debo hacer para comunicar y dar de bajo mis datos respecto a este vehiculo y su IVTM ya que ha dejado de ser mio

    • Hola Javier buenos días,

      Los únicos casos en los que es posible recuperar la parte proporcional del IVTM son:
      Por otro lado, no debería ser necesario comunicar la venta al Ayuntamiento ya que es la DGT la que comunica al mismo las modificaciones en el registro. En 2016 ya no recibirás el cargo.

      Saludos,

  • Silvio dice:

    Hola Alicia, ¿cómo hago para saber en qué ayuntamiento fue dado de alta un vehículo de ocasión que acabo de comprar para saber si está pagado el IVTM de 2014?

    Saludos y gracias

    • Hola buenas tardes,

      Puedes consultarlo a la persona que te vendió el vehículo o bien solicitar un certificado de antecedentes del vehículo a la DGT.

      Saludos,

      • Silvio dice:

        ok, gracias Alicia

  • Jorge dice:

    Buenos dias:
    Estoy interesado en la compra de una motocicleta y quisiera saber si tiene todos los IVTM’s al dia, pues el vendedor dice que le faltan los ultimos. Como me podria informar?
    Yo soy de Valencia y la moto ha estado dado de alta en Bohadilla.
    Gracias.

    • Hola Jorge buenos días,

      Puedes pedir un informe del vehículo a Tráfico. En el informe figura si el coche tiene algún impuesto de circulación impagado. También podrías contactar directamente con el Ayuntamiento de Boadilla.

      Saludos,

  • Teodoro Diaz Ojeda dice:

    Hemos vendido una motocicleta , de un hermano fallecido, Se realiza el contrato de compra-venta . Pero el comprador no termina de realizar digamos los tramites necesarios para cambio de titular. Por ahora me resulta imposible contactar con dicha persona, y nos llegan los impuestos , municipales . Que tramites , debo realizar para dar de baja dicho vehículo, que esta en paradero desconocido . Un saludo

    • Hola buenos días,

      Para dar de baja una motocicleta puedes acudir directamente a Tráfico, aunque es algo que te desaconsejamos ya que existe de por medio un contrato de compraventa. Por este motivo, pese a que el titular sea tu hermano el propietario ya es el comprador.

      Tratar de hablar con el para que realice el cambio, o bien acudir con el contrato de compraventa a la DGT para realizar el trámite de notificación de la venta.

      Saludos,

  • silvia dice:

    Hola, cómo puedo saber si pagué el IVTM del 2014? muchas gracias

    • Hola Silvia,

      Esta dato debes consultarlo en tu Ayuntamiento o bien solicitando un informe por matrícula en cualquier oficina de la DGT.

      Saludos,

  • judith dice:

    Hola si compro un coche hoy mismo, que no tiene pagado el numerito, cuanto me tocaria pagar??? Ya que quedan 20 dias para acabar el año, y que empiece otro numerito, por que empieza el uno de enero al 31 de dic, es el periodo fiscal no??
    Graciad saludos

    • Hola Judith buenas tardes,

      Te tocaría pagar el año 2015 completo, aunque realmente lo debe pagar el actual propietario del vehículo que es quien figuraba como titular del mismo a fecha 1 de enero de 2015 y quien ha disfrutado del vehículo hasta el día de hoy.

      Saludos,

  • carlos dice:

    Buenas tardes, quiero vender un coche y tiene numeritos pendientes, también tengo un numerito pendiente de una moto, mi pregunta es si en la carta de pago separa los vehículos y puedo pagar la deuda solo del coche para poder venderlo

    Un saludo

    • Hola Carlos buenas tardes,

      Para poder cambiar de nombre el coche, habrá que pagar los impuestos de circulación que hagan referencia a ese vehículo. Desconocemos qué formato tiene la carta de pago que le envía su Ayuntamiento, por lo que tendrá que acudir allí para solventar sus dudas con respecto a este tema.

      Saludos,

  • julian dice:

    buenas tardes, tengo una duda , soy de albacete y me voy a comprar un coche nuevo en toledo ,tengo minusvalia y estoy exento de pagar impuesto de matriculacion ,dicen que lo tienen que pagar . como lo podria hace para que me lo devuelvan o no pagarlo?

    saludos

  • Carol dice:

    Buenos días, tengo una duda sobre el IC. El año pasado (2014) no pude pagar el IC por motivos económicos pero este año si lo he pagado (el de 2015) y olvidé que debía el anterior.

    Quería saber que pasa si el del año en curso está pagado y el anterior no, porque tengo entendido que el que prevalece es el del año en curso. Me han enviado cartas de embargo por no pagarlo pero no se hasta que punto es legal o no ya que el actual está pagado. Es cierto que me lo pueden requisar??

    Un saludo

    • Carol dice:

      Alguien responde o no hay nadie?? :-/

      • Hola Carol buenos días,

        Mientras el vehículo esté dado de alta, se tendrán que pagar todos los impuestos de circulación que correspondan. Aquellos que no se abonen, se quedarán como deuda con el Ayuntamiento que corresponda. El Ayuntamiento está en su total derecho de reclamar los impuestos de circulación impagados, pese a que se haya abonado el del año en curso.

        Saludos,

  • MANUEL CONDE ARGUDO dice:

    Hoy he recogido mi furgón del concesionario fort por tener una reparación costosa, el vehículo se ha traído a mis instalaciones mediante grúa ya que no funciona. He solicitado cita previa para baja temporal hoy y me se ha concedido para el 5 de Enero del 2.016. ¿Causara esto el que tenga que pagar por dar baja en el ejercicio del 2016 parte del impuesto de circulación? ¿Como puedo hacerlo para que pueda realizar dicha gestión en estos días finales del año? Espero su ayuda y muchas gracias.

    • Hola Manuel,

      La baja se hará efectiva el día que se tramite. Por tanto, no es posible realizarla con carácter retroactivo con el fin de ahorrarse el impuesto de circulación de 2016. Si la furgoneta se da de baja en enero, tendrás que abonar únicamente el primer trimestre del año.

      Saludos,

  • Maria dice:

    Hola,

    Vendí mi coche y sigo recibiendo el impuesto de traccion mecanica. Entiendo que quien lo compró nunca cambio el nombre. No encuentro ningún papel que acredite la venta, ¿qué puedo hacer para que el vehículo deje de estar a mi nombre?
    Gracias,





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