Dgt Bajas

¿Por qué debe gestionarse la baja definitiva de un automóvil a través de un C.A.T.?

19 diciembre, 2016 | Alicia Granell

Muchos usuarios no conocen la obligación como propietarios de un automóvil de que sean depositados en un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) comúnmente conocidos como desguaces, una vez hayan alcanzado el final de su vida útil y se conviertan por tanto en Vehículos Fuera de Uso (VFU).

Sin embargo, según estipula el Real Decreto 1383/2002 del 20 de diciembre sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, «Los titulares de los vehículos que pretendan desprenderse de éstos al final de su vida útil deberán entregarlos en un Centro Autorizado de Tratamiento o en una instalación de recepción» , por lo que ya no es necesario acudir ni contactar con la DGT para solicitar la baja definitiva de un turismo.

Baja definitiva de coches en DGT Bajas

¿Cómo se tramita la baja definitiva de un coche?

La gestión realizada a través del desguace será acreditada mediante «el Certificado de Destrucción, emitido por los centros autorizados de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, que justificará la baja definitiva en circulación del vehículo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT)«.

De esta manera, se asegurará la correcta descontaminación de los componentes del vehículo y su posterior reciclaje a través del cual se puede llegar a recuperar hasta el 95% de peso total de un automóvil, cifra a la que se pretende llegar plenamente en 2015.

Este hecho, no es aplicable a otro tipo de vehículos como pueden ser: ciclomotores, motocicletas, vehículos pesados, vehículos especiales y/o agrícolas, cuyos titulares no tienen la obligación de entregar los mismos en Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.).

En DGTbajas.es gestionamos de forma totalmente gratuita y siempre a través de un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) la retirada de tu coche, furgoneta, todo terreno o camión ligero de hasta 3.500 Kg. con grúa y los trámites de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT).

Solicitar la baja definitiva de un vehículo

Información oficial extraída del BOE







Situaciones frecuentes a la hora de gestionar la baja de un vehículo en Tráfico

29 noviembre, 2016 | Alicia Granell

Casi cualquier propietario de un vehículo ha tenido en alguna ocasión que optar por gestionar la baja de su coche, furgoneta, todo terreno o industrial ligero. Pero ¿Cuáles son los motivos y las situaciones más frecuentes que se pueden dar una vez llegado el punto en el que el titular se decide por este tipo de gestión?

Ejemplos de situaciones frecuentes para la baja definitiva 

Ejemplos de situaciones frecuentes para la baja definitiva

A continuación, en el blog de DGTbajas.es vamos a exponer algunos ejemplos de las situaciones más frecuentes a la hora de gestionar la baja de un vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT), son las siguientes:

Una empresa decide renovar su flota de vehículos, por diversos motivos

A día de hoy, son muchas las empresas que cuentan con una flota de vehículos y los motivos que pueden hacer que sea necesario el gestionar la baja en Tráfico de alguno de ellos son muy diversos: el haberse quedado obsoleto, contar con una avería de elevado coste económico, el cese de la actividad económica o haber sufrido un accidente con el mismo, son algunos de estos motivos.

Dar de baja un coche de empresa

Los familiares de una persona fallecida, no quieren heredar ni vender su vehículo

Esta situación es muy frecuente ya que en la gran mayoría de los casos en los que el titular de un vehículo fallece, son sus herederos quienes han de responsabilizarse de sus bienes. En un gran número de ocasiones se trata de vehículos de elevada antigüedad, que difícilmente podrán ser vendidos y que tampoco despiertan el interés de sus herederos, por lo que terminan dándose de baja definitiva y enviándose a un desguace.

Dar de baja un coche a nombre de un fallecido

El propietario de un coche, decide darlo de baja pero ha perdido la documentación

¿Quién no ha perdido alguna vez un documento importante? Este tipo de situaciones se suceden con bastante frecuencia pues ninguna mente es perfecta y habitualmente olvidamos aspectos tan comunes como dónde hemos dejado ese documento que tanta falta nos hace. Alrededor de 30 personas contactan con nosotros semanalmente para dar de baja su vehículo sin la documentación, ya que ha sido extraviada.

Dar de baja definitiva un coche sin documentación

El propietario de un coche matriculado en el extranjero, decide deshacerse del mismo durante su estancia en España

¡No, sin mi coche! Esta frase seguro que la ha pensado más de un propietario de un coche con matrícula extranjera cuando ha decidido viajar a España por una larga temporada o tiempo indeterminado. Sin embargo, ningún coche perdura en la eternidad en perfectas condiciones y esto hace que muchos vehículos matriculados fuera de España hayan de finalizar su vida útil en nuestro país.

Dar de baja un vehículo matriculado en un país extranjero

El propietario de un vehículo que no ha pasado la última revisión de la ITV, decide que lo mejor es enviarlo al desguace

Este motivo es muy frecuente en los vehículo cuya antigüedad supera ya los 10 años desde que fue matriculado por primera vez, ya que con el paso del tiempo el deterioro hace que cada vez sea más difícil mantener el perfecto estado de todos y cada uno de los elementos que son revisados en las estaciones de ITV. Por ello, muchos de los coches viejos que no superan la última revisión de la ITV, son enviados al desguace y dados de baja definitivamente en Tráfico.

Dar de baja definitiva un coche sin ITV

Como habréis podido ver, son muchas las situaciones relacionadas con la baja definitiva de vehículos en la DGT, pronto os hablaremos de otras distintas y que seguro despiertan vuestro interés.

¿Te has visto implicado en algún momento en una de estas situaciones? ¿Conoces alguna otra? ¡Déjanos tus comentarios!







¿Se puede dar de baja un vehículo con multas pendientes de pago?

23 octubre, 2016 | Alicia Granell

Hoy vamos a detallar los aspectos más importantes a la hora de entender perfectamente el porqué la respuesta a la pregunta «¿Se puede dar de baja un vehículo con multas pendientes de pago?» es totalmente afirmativa.

En primer lugar diremos que, las multas de por infracciones de tráfico son sanciones que se imponen al conductor y no al vehículo, pues es quien ha cometido la falta independientemente del motivo que haya provocado que se registre esa infracción.

Por tanto, puesto que las multas se imponen al titular del vehículo salvo en aquellos casos en los que se requiere una identificación, que son impuestas al conductor, no significará ningún impedimento a la hora de gestionar la baja del vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT), ya sea de forma temporal o definitiva.

Las multas pendientes de pago seguirán reclamándose por la vía administrativa al titular o conductor del vehículo incluso cuando el medio de transporte haya causado su baja en el registro, por lo que tampoco debemos entender que al dar de baja nuestro automóvil quedaremos exentos de pagar esas multas pendientes, algo que muchos propietarios creen equivocadamente.

¿Qué debes hacer para solicitar la baja de tu vehículo?

¿Qué debes hacer para solicitar la baja de tu vehículo?

Para solicitar la baja de un vehículo en la DGT, en primer lugar deberemos de considerar nuestras necesidades ya que esa baja puede realizarse de manera temporal o por el contrario de forma definitiva.

Bajas temporales de vehículos: se solicitará en aquellos casos en los que el vehículo necesite una rehabilitación, la cual no tiene establecida una fecha límite para su finalización. También en aquellos casos en los que el vehículo haya sido sustraído o bien cuando su propietario decide inutilizarlo por un periodo de tiempo determinado sin que el vehículo siga ocasionándole los gastos que supone mantener el mismo en circulación. La baja temporal la ha de gestionar el titular del vehículo en la Jefatura de Tráfico más cercana.

Bajas definitivas de vehículos: si nos referimos a turismos, furgonetas o todo terrenos, la baja definitiva deberá realizarse a través de un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) quien completará el trámite una vez se haya depositado el vehículo en sus instalaciones, o bien a través de empresas especializadas como DGTbajas.es.

Los propietarios de motocicletas, ciclomotores, camiones de gran tonelaje o vehículos agrícolas, podrán gestionar la baja definitiva de su vehículo acudiendo a la oficina de Tráfico más cercana.

Pronto trataremos en profundidad los tipos de bajas que un vehículo puede solicitar en función de los motivos que susciten la misma.

Solicitar la baja definitiva de un vehículo

¿Te gustaría que empezásemos con algún tipo de baja en concreto? ¡Déjanos tus comentarios!







¿Sabes cómo dar de baja definitiva un coche? ¡7 consejos de utilidad!

22 octubre, 2016 | Alicia Granell

Actualmente existen dos principales motivos por los que el titular un de un coche puede decidirse por darlo de baja definitivamente en la Dirección General de Tráfico (DGT). El primero tiene que ver con el ahorro, pues seguir acumulando los gastos que supone mantener en circulación un vehículo que ya no reúne las condiciones para ello o que ya no es de utilidad para su propietario, es algo que carece de sentido.

El segundo motivo se relacionaría directamente con la intención de compra motivada por los actuales incentivos del Gobierno destinados a incentivar la venta de vehículos así como la renovación del envejecido parque automovilístico español, hablamos del ya sonado Plan PIVE.

Trucos para dar de baja definitiva tu coche 

Trucos para dar de baja definitiva tu coche

A la hora de iniciar el trámite y conocer con exactitud cómo dar de baja definitiva un automóvil, sea por el motivo que sea, conviene tener en cuenta algunos puntos importantes:

  1. Asegurarse de que no existe ningún impedimento para que se pueda completar la gestión de la baja definitiva en la DGT. La existencia de un precinto en el vehículo provocará la imposibilidad de realizar el trámite.
  2. Comprobar que se dispone de todos y cada uno de los documentos que se requieren para gestionar la baja definitiva de un vehículo.
  3. Disponer de la dirección exacta de dónde se encuentre ubicado el vehículo para su retirada al Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.).
  4. ¿No tienes la ITV al día? No te preocupes, para dar de baja tu vehículo no será necesario que efectúes las revisiones obligatorias pendientes, pues al ser trasladado en una grúa no volverá a circular.
  5. Entregar la documentación original del vehículo, pues ésta deberá de consignarse en Tráfico.
  6. Conserva siempre los justificantes que te entregará el C.A.T. pues los necesitaras en el futuro para dar de baja la póliza de seguros o para reclamar en el Ayuntamiento la parte proporcional no disfrutada del Impuesto de Circulación o IVTM.
  7. En operaciones para el Plan PIVE, conviene previamente asegurarse de que tanto el vehículo adquirido como el vehículo a sustituir cumplen con las condiciones para que su propietario pueda beneficiarse de los 2.000 euros de ayuda.

Por último nos gustaría recordaros que el abandono del vehículo en la vía pública no es para nada una opción aconsejable, pues además de impedir el correcto tratamiento del vehículo como residuo, el propietario se enfrentará a una sanción que puede llegar a alcanzar los 30.051 €.

Muy pronto os hablaremos más acerca de la baja definitiva de vehículos y de cómo llevarla a cabo de la forma más amigable y respetuosa con el planeta.

Consejos para la baja definitiva en la DGT

¿Os gustaría aportar algún otro consejo de utilidad a los lectores que hayan decidido dar de baja su vehículo? ¿Tienes alguna duda sobre cómo dar de baja tu coche? ¡Déjanos tus comentarios!







IVTM: Todo lo que has de saber sobre el Impuesto de Circulación de tu vehículo

8 mayo, 2016 | Jess Jim

Son muchas las personas que nos solicitan información diariamente sobre cuestiones relacionadas con el impuesto de circulación del vehículo, y aunque no es un trámite propio de Tráfico en sí, hemos decidido hacer un hueco en el blog para facilitar información sobre la función que tiene este impuesto y cómo repercute en nuestras vidas.

¿Qué es el Impuesto de Circulación o IVTM?

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) se trata de un impuesto directo emitido por los Ayuntamientos que consiste en una cuota anual para gravar la titularidad de todos los vehículos a motor que sean aptos para circular, es decir, matriculados en la Jefatura de Tráfico y que no estén en situación de baja temporal o definitiva.

Este Impuesto de Circulación, llamado coloquialmente como “viñeta, sello o numerito” dependiendo de la comunidad autónoma en la que se resida, se genera cada año natural y se abona en un único pago en el Ayuntamiento donde el vehículo haya sido matriculado o esté registrado.

Las cuotas se calculan actualmente en función de la potencia fiscal y clase del vehículo en cuestión, pero se prevé que el año próximo se modifique, y el IVTM 2014 devengará en función a los niveles de CO2 emitidos por el vehículo.

¿Qué es el Impuesto de Circulación o IVTM? 

Vehículos exentos de pagar el IVTM

Los vehículos exentos de pagarlo son:

  • Los vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.
  • Los de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares acreditados.
  • Los vehículos de organismos internacionales con sede u oficina en España y de sus funcionarios o miembros con estatuto diplomático.
  • Los que consten como exentos en tratados y convenios internacionales.
  • Las ambulancias y vehículos destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos y enfermos.
  • Los vehículos para personas de movilidad reducida o matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo.
  • Los autobuses, microbuses y demás vehículos de servicio de trasporte público urbano, cuya capacidad exceda de 9 plazas, incluido el conductor.
  • Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agraria.

Así mismo, existen también una serie de bonificaciones que permiten ahorrar distintos porcentajes dependiendo de cada caso:

  • Desde un 10% hasta un 75%  del importe total del Impuesto en función a la clase de carburante, las características del motor y su impacto medioambiental.
  • Bonificación del 100% para vehículos matriculados como históricos.

En el momento en que se gestiona la baja del vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT) el automóvil deja de generar impuestos, y si el proceso de baja transcurre dentro del año natural ya abonado, es posible recuperar la parte proporcional no disfrutada.

Vehículos exentos del pago del IVTM

El IVTM, pese a que deba realizarse en un solo pago tal como mencionamos anteriormente, cuenta con una prorrata trimestral, y es posible presentar en el Ayuntamiento el Certificado de Destrucción o el justificante de baja definitiva, ambos aportados por el Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) dónde se haya gestionado su descontaminación, para que se realice la devolución al titular del importe proporcional al trimestre o trimestres en los que el vehículo no vaya a circular.

Este Impuesto no requiere ser dado de baja por parte del titular del vehículo si no es por esta causa, puesto que anualmente la DGT traslada los datos de baja en el registro a los Ayuntamientos enviándoles un listado de los automóviles que han causado su baja temporal o definitiva.

Solicitar la baja definitiva de un vehículo

¿Tienes alguna duda sobre el Impuesto de Circulación del coche? ¿Has necesitado presentar la baja del vehículo porque te seguían pasando el cobro? ¡Cuéntanos tus experiencias!







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