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¿Qué nos depara el Nuevo Reglamento de la DGT?

6 junio, 2013 | Jess Jim

No son pocos los rumores que se han  ido moviendo en torno al nuevo reglamento de tráfico en los últimos meses a través de distintos medios de comunicación social.  El pasado 28 de Mayo, María Seguí, como directora de la Dirección General de Tráfico, expuso en la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible ante el Congreso de los Diputados el borrador del anteproyecto del Real Decreto, por el que se modificará el Reglamento General de Circulación.

Últimos cambios en el reglamento de la DGT

Si bien no pudo precisar cuándo entrará en vigor debido a que está pendiente de la aprobación y modificación de la Ley de Seguridad Vial, si dejó caer que sería “inminente”. Y por ello desde DGTBAJAS.es os ofrecemos una pequeña recopilación de la noticia publicada en El País sobre los 9 cambios principales que se incluyen en el borrador de la nueva normativa.

Últimos cambios en el reglamento de la DGT 

En función al medio de transporte encontramos tres:

  • Cambios para auto-caravanas: Se equipará a la normativa europea tanto en límite de velocidad como estacionamientos en función a su masa y dimensiones y ya no dependerán de los municipios.
  • Cambios para ciclistas: A los que se dedicará un capítulo completo donde destacan la obligación del uso del casco y el permiso para circular por aceras de más de tres metros de ancho, y en contrasentido, en las calles limitadas a 30km/h.
  • Cambios para peatones: Ya no estaremos obligados a circular por la acera derecha respecto al sentido de su marcha, ni a ceder el paso a los que así lo hagan cuando vayamos por la izquierda.

Respecto a los elementos de seguridad del vehículo, dos más:

  • Sobre el uso del cinturón de seguridad: Se torna obligatorio para todos los españoles sin excepciones: ni por parte médico, ni conductores de emergencias, taxistas, profesores de autoescuela, ni cualquier otro motivo.
  • Sobre los retenes infantiles: Los menores de edad hasta el 1,35m viajarán siempre en el asiento trasero y si además, tienen una edad inferior a cuatro años viajarán en sentido contrario a la marcha siempre que el sistema de retención (RSI) lo permita.

Respecto a los elementos de seguridad del vehículo

Con relación a prohibiciones incluidas en la normativa de tráfico general, los cuatro cambios restantes:

  • Sobre los límites de velocidad: En determinados tramos de autopistas y autovías y de manera puntual, la velocidad máxima será de 130km/h, y se comunicará a través de paneles variables.  Mientras que en vías convencionales se reducirá a 90km/h (para vías con plataforma de al menos 6,5m de ancho), 70km/h (las más estrechas), y 50km/h (si hay marca longitudinal separando los sentidos). En ciudad también disminuye el límite de velocidad a 30km/h, y a 20km/h en vías de plataforma única de calzada.
  • Sobre las  marcas de zona adelantada: la nueva norma indica que los conductores de motos y bicicletas se podrán adelantar hasta situarse en dicha zona, circulando con precaución entre el resto de los vehículos.
  • Sobre los detectores de radar: La reforma prohíbe expresamente los mecanismos de detección de radares móviles. (Para los fijos que detecta el GPS no hay prohibición).
  • Sobre drogas: La saliva será la muestra biológica para detección de drogas durante la conducción.

¿Estás de acuerdo con estas medidas? ¿Cuáles modificarías o añadirías? ¡Déjanos tu comentario!



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